- LOS NIÑOS son las bases del futuro del mundo.
- LOS NIÑOS han jugado a través de todos los tiempos y en todas las culturas.
- EL JUEGO junto con los requerimientos básicos de nutrición, salud, vivienda y educación es vital para el desarrollo del potencial de todos los niños.
- EL JUEGO es comunicación y expresión, combinando pensamiento y acción, da satisfacción y sensación de logro.
- El JUEGO es instintivo, voluntario y espontáneo.
- EL JUEGO es una forma de aprender a vivir, no un mero pasatiempo.
La Declaración IPA por el Derecho del Niño a Jugar fue producida originalmente en noviembre de 1977 en la Reunión de Consejo IPA en Malta, realizada en preparación del Año Internacional del Niño (1979). Revisada por el Consejo Internacional IPA en Viena, en septiembre de 1982 y en Barcelona en la Convención de los Derechos del Niño (adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989) que establece que el niño tiene derecho al tiempo libre, al juego y a participar en actividades culturales y artísticas.
Por todo esto es que Jugar se convierte en una necesidad, y por lo tanto en un Derecho de la infancia, considerado en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño/a, Artículo 31, que dice:
- Los Estados Partes reconocen el Derecho del Niño/a al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas apropiadas para su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
- Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño/a a participar plenamente en la actividad cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.
- Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño/a a participar plenamente en la actividad cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.
La Convención sobre los Derechos del Niño/a es un instrumento legal que a los Derechos que allí figuran como obligación para los Estados que la ratifican. En cambio, la Declaración de los Derechos del Niño/a es solamente una manifestación de principios.
La forma para que la Convención no sea solamente un papel firmado es convertir su contenido en hechos concretos, es decir, transformar el articulo 31 en acciones de juego que sean significativas para nuestra infancia.
La Escuela es un espacio importantísimo en la vida de los niños/as, allí pasan mucho tiempo de sus vidas. Al mismo tiempo, sabemos que ¨ el derecho y la necesidad de jugar de los niños/as no son anuales y ni siquiera mensuales, son cotidianos y continuos ¨ (3). Por lo tanto, estamos seguros que la Escuela reconocerá la importancia de este Derecho y se comprometerá a defenderlo a través de la reflexión crítica, la escucha y el juego.
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